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LA PESCA-NORMAS-EXCEPCIONES FECHA DE CIERRE
Se retrasa el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de agosto la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
Río Curueño.– En su curso, desde su nacimiento hasta el límite inferior del Coto de Valdepiélago.
Río Sil.– Aguas abajo del embalse de Las Rozas hasta el embalse de Bárcena.
Se retrasa el cierre al 15 de octubre en las siguientes aguas, en las cuales a partir del 1 de septiembre la pesca se efectuará en la modalidad sin muerte:
Río Cea.– Desde el puente de Villamartín de Don Sancho hasta el puente de Galleguillos de Campos.
Río Esla.– Aguas abajo del embalse de Riaño y sus aguas embalsadas.
Río Porma.– Aguas abajo del embalse del Porma y sus aguas embalsadas.
Río Luna.– Aguas abajo de la central de Mora y aguas embalsadas del embalse de Barrios de Luna.
Río Órbigo.– En todo su curso hasta el límite provincial.
Río Sil.– Aguas abajo del embalse de Bárcena y sus aguas embalsadas.


 

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